jueves, 10 de septiembre de 2015

¿EL NACIMIENTO DE NUEVOS HIJOS DARÍA LUGAR A REDUCIR LA PENSIÓN ALIMENTICIA DE LOS HIJOS DE UNA RELACIÓN ANTERIOR?


Es ya algo habitual, y plenamente aceptado por la sociedad, que tras una ruptura matrimonial cada uno de los cónyuges rehaga su vida, y que fruto de esa nueva relación nazcan otros hijos. La cuestión que ahora se suscita es si el nacimiento de nuevos hijos por parte del progenitor que estaba obligado a pagar una pensión a favor de los descendientes habidos de su primer matrimonio da derecho a reducir el importe de dicha pensión.
No pongo en duda que el nacimiento de un nuevo hijo sí que puede suponer una modificación sustancial de las circunstancias. Ahora bien, este nuevo hecho no basta por sí solo para reducir la pensión de alimentos de los hijos de la relación anterior, sino que se hace necesario conocer si la capacidad económica del obligado a abonar la pensión es insuficiente para hacer frente a la pensión impuesta y a las necesidades de los hijos que hayan nacido con posterioridad, hasta el extremo de que vea mermada la atención de las suyas propias. Para ello se debe atender no solo a la situación económica del progenitor obligado al pago de la pensión alimenticia, sino también a la de su actual pareja por cuanto tiene igualmente la obligación de contribuir a la atención de los alimentos de los descendientes; pues, en muchos casos, la nueva situación económica del obligado al pago de la pensión alimenticia puede incluso haber mejorado en atención al patrimonio de su pareja y madre de los nuevos hijos, obligada también a la alimentación de los hijos comunes.

En resumen: el nacimiento de nuevos hijos no basta para reducir per se la pensión alimenticia de los hijos que son fruto de una relación anterior, sino que es preciso conocer si la situación económica del obligado tiene la suficiente entidad cuantitativa para atender la obligación de alimentos de los hijos nacidos de la primera relación y de los habidos con posterioridad de una relación conyugal o sentimental diversa

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